España acaba de estrenar una nueva ley de lucha contra la desigualdad y la discriminación. Se trata de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, sin lugar a dudas, un avance significativo en este concreto ámbito, como así lo demuestra el hecho de que haya sido valorada de forma positiva por la mayor parte de la doctrina. No en vano, se ha dicho de ella que es un texto "muy importante" (Baylos Grau, 2022).En efecto, se trata de un paso hacia adelante porque, en primer lugar, se perfecciona la trasposición de las directivas europeas vigentes en la materia. Ciertamente, contábamos ya con una regulación bastante completa en lo relativo a la igualdad entre mujeres y hombres (el ejemplo más significativo es la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres) y a los derechos de las personas con discapacidad (destacando, sin lugar a dudas, el RDLeg 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.). En cambio, "respecto al resto de las causas de discriminación, la regulación era claramente insuficiente, dispersa y asistemática" (Álvarez del Cuvillo, 2022).En este sentido, la nueva norma cumple su propósito, "de trasponer de manera más adecuada los objetivos y fines de las Directivas 2000/43/CE y 2000/78/CE". A este respecto, cabe recordar que las transposiciones realizadas habían sido objeto de crítica por parte de la Comisión Europea, las organizaciones sociales, y especialmente de las de derechos humanos, por lo que la Ley 15/2022 viene a dar respuesta a estas reclamaciones.Ello es en buena medida posible, en segundo lugar, gracias al nuevo elenco de conceptos que la norma incorpora. En realidad, la mayor parte de ellos ya se venían emplean-
Los contratos formativos son una pieza clave de cualquier mercado de trabajo, pues proveen de la necesaria cualificación profesional, teórica y práctica o práctica, a quienes se integran por primera vez en la actividad laboral o a quienes necesitan recualificarse, en ambos casos, para adaptarse a las necesidadesde los mercados. Esta relevancia es especialmente significativa en un contexto como el actual, marcado por la digitalización, en el que a la necesidad de cubrir determinados tipos de perfiles formativos se une una mayor rapidez en los cambios tecnológicos y, por consiguiente, en los conocimientos necesariospara darles soporte.En este particular contexto, la reforma laboral 2021 ha procedido a rediseñar la regulación de los contratos formativos en un intento no solamente de acercarlos aún más a la realidad de las empresas en un contexto de cambio disruptivo, sino de recuperar algunos derechos perdidos. El presente trabajo aborda de forma sucinta los principales cambios y se pregunta si, a diferencia de reformas precedentes, estos serán suficientes como para impulsar su uso por parte de nuestro tejido empresarial.
The study comprehensively presents the main effects of digitisation. Due to its complexity, digitisation affects the employment and labour markets in different ways. It partially changes working conditions, brings to life new forms of employment and, as a result of the development of technology, professions disappear. Thus, all this necessarily poses different challenges to the legislation. The forms of work in the gig economy -which was brought to life by the online space -cannot be classified as a traditional legal framework. Teleworking has been absolutely valorised by the coronavirus pandemic. Looking to the near future, after the end of the pandemic, teleworking is expected to play a much more significant role in the labour market. The study presents the marked forms of digitisation that have emerged in employment and summarises its supranational legal issues. It also presents the digitisation characteristics of Hungary, Italy and Spain. It examines how legislation and the judiciary have provided answers to the issues of digitisation. Consequently, the study
El propósito del presente trabajo es analizar las principales novedades introducidas por la nueva Ley de Empleo en el marco de un proceso evolutivo claro. Para ello, nos valdremos de lo que nos parece que son los puntos nucleares de la nueva regulación: la empleabilidad, la intermediación, la prospectiva, los colectivos prioritarios, la colaboración público-privada, la evaluación, la coordinación de políticas activas y pasivas, las políticas locales de empleo y la digitalización de servicios y políticas. El trabajo se cierra con unas breves reflexiones acerca de la importancia jurídica y política de la nueva Ley.
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