La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha elaborado el concepto de "control de convencionalidad", que recientemente fue acogido por la doctrina y figura en la jurisprudencia de varios países americanos, entre ellos México. El autor de este artículo plantea alternativas para el control judicial interno de convencionalidad. En este ámbito puede figurar una "cuestión de convencionalidad" (similar a la "cuestión de constitucionalidad"), que implica la consulta sobre convencionalidad de normas elevada a un tribunal superior competente para atender y resolver la consulta. De esta manera se sirve a la armonización de la jurisprudencia nacional y se evita la multiplicación de decisiones judiciales discrepantes.
<p> </p><p><span> </span>Discurso pronunciado en el <em>Aula Jacinto Pallares</em>, el 19 de enero de 2012, durante la ceremonia de develación de la placa que se colocará en un aula de la Facultad de Derecho de la UNAM, en homenaje a la Academia Mexicana de Ciencias Penales por su presencia en dicha Facultad (1940-2012).</p>
Dos ideas son básicas en el contenido de este artículo: el constitucionalismo y el internacionalismo, los cuales recorren caminos paralelos, cada vez mejor comunicados entre sí; la noción y la protección de los derechos económicos, sociales y culturales es ineludiblemente integral, ya que la libertad de expresión no absuelve ni compensa la ignorancia, la insalubridad y la miseria. Enseguida, pero ciñéndose a la premisa de que la interpretación de los derechos humanos no está limitada a la Convención Americana ni al Protocolo de San Salvador sino al orden total del que forman parte, el autor expone en la parte central de su artículo las experiencias que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (de la cual México es integrante) ha aportado en la materia: sobresalen las incursiones en igualdad de género; la eliminación de discriminaciones; la libertad de pensamiento y religión, el derecho relacionado con la calidad de vida, la libertad de asociación en dimensión con la sindical, y la relación entre el indígena y el territorio de su asentamiento. Por si lo anterior fuera poco, termina anunciándonos los temas que están actualmente en discusión, y de los cuales esperamos prontos resultados: los menores de edad en situaciones irregulares, los trabajadores migratorios y el derecho a la seguridad social.
Resumen: El orden jurídico internacional, establecido en tratados o convenciones, ingresa al ámbito nacional por diversas vías, que se mencionan en este artículo: constitucional, legal, jurisprudencial, política y cultural. El presente artículo se refiere, primordialmente, al ingreso por vía jurisprudencial. En nuestros días, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha adquirido gran visibilidad y relevancia en México. Este fenómeno constituye una hipótesis destacada de recepción interna del ordenamiento internacional de los derechos humanos, particularmente la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José.Palabras clave: derechos humanos, derecho internacional de los derechos humanos, jurisdicción interna, nacional o doméstica, Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José.
scite is a Brooklyn-based organization that helps researchers better discover and understand research articles through Smart Citations–citations that display the context of the citation and describe whether the article provides supporting or contrasting evidence. scite is used by students and researchers from around the world and is funded in part by the National Science Foundation and the National Institute on Drug Abuse of the National Institutes of Health.