La importancia del etiquetado de los alimentos transgénicos radica en que es el mecanismo de comunicación entre el productor y el consumidor de un alimento; información que da la posibilidad a las personas de adoptar decisiones racionales respecto el consumo de alimentos; sin embargo, la omisión respecto a su obligatoriedad –Ley 1480 del 2011– dificulta a las personas ejercer el derecho a adoptar decisiones racionales respecto el consumo de alimentos que, por lo general, contienen transgénicos. En consecuencia, el objetivo principal de este artículo, consiste en analizar los criterios de precaución y equivalencia sustancial aplicables en materia de etiquetado de Alimentos Provenientes de Organismos Genéticamente Modificados –APOGM–, con el fin de visibilizar la importancia de parámetros legales claros en materia de etiquetado; entendiendo el etiquetado de alimentos transgénicos como presupuesto para garantizar en Colombia el derecho a decidir cómo alimentarse, esbozando la necesidad de la obligatoriedad de etiquetado de APOGM para responder al derecho a decidir del consumidor como presupuesto de la dignidad humana y mecanismo protector de la soberanía alimentaria. Con el propósito mencionado, para el desarrollo del presente artículo, se acudió al método cualitativo, partiendo del estudio del etiquetado APOGM en el país y su incidencia en términos de soberanía alimentaria y garantía de los derechos del consumidor; para tal fin se acudió a la revisión de las normas, jurisprudencia y literatura científica y académica en materia de alimentos transgénicos y etiquetado de los mismos; se pretende vislumbrar la importancia del etiquetado estricto de los alimentos, asunto que refiriéndonos a los alimentos provenientes de organismos genéticamente modificados, adquiere relevancia, como quiera que la etiqueta constituye el medio de control del cual disponen las personas para garantizar la soberanía alimentaria.