“…Al respecto, se ha informado que en algunas regiones de Colombia aún se utilizan prácticas que cabrían en esta definición, tales como: la maniobra de Kristeller y la episiotomía de rutina (9)(10)(11)(12)13), los tactos vaginales no consentidos o por horario (9)(10)(11)(13)(14)(15), la ruptura artificial de membranas (9,10,12,13), la inducción artificial del parto (9,10,12,13,15), el pujo dirigido (9,(12)(13)(14), la prohibición de comer, beber y movilizarse durante el trabajo parto (9,10,(12)(13)(14)(15); intervenciones médicas de estudiantes sin consentimiento de la gestante (9)(10)(11)(12)14), prohibición de la entrada del acompañante (9-11, 14, 15), bloqueo del apego madre-hijo (9,10,12), aislamiento e incomunicación de la parturienta mientras se está en sala de partos (9,10,12,14,15), entre otras. En algunos servicios de salud públicos se realizan historias clínicas co...…”