“…Mientras que algunos trabajos hallan una relación positiva (Salacuse y Sullivan, 2005;Busse et al, 2010;Al Sadig, 2011;Sosa Andres et al, 2012;Berger et al, 2013), varios de los estudios arriba mencionados basados en técnicas bayesianas encuentran poca evidencia respecto de la efectividad de estos tratados (Blonigen y Piger, 2011;Antonokakis y Tondl, 2012;Eicher et al, 2012) 24,25 . Te Velde (2008), revisando la literatura sobre el tema, argumenta que algunos estudios encuentran que el efecto de los TBIs es positivo pero más como complementos que como substitutos de un buen ambiente legal y político ( (2015) encuentran que este tipo de tratados funcionan en la medida que exista una calidad institucionalidad que permita aprovecharlos, dado que en ausencia de este soporte institucional los TBIs podrían no ser suficientes para proteger los derechos de los inversores externos.…”