2016
DOI: 10.18566/escr.v24n53.a04
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Estatuto del embrión humano

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“…El derecho fundamental que prima sobre los demás es la vida, en tanto que es la que permite seguir siendo persona y efectivizar los demás derechos, por lo que si el nacimiento es condición necesaria para ser persona, no debe limitarse este derecho solo al momento del nacimiento sino a todas las situaciones previas a esta, considerando que la persona se relaciona directamente con un cuerpo vivo cuya protección responde a criterios jurídicos, biológicos y mayoritariamente socioculturales (Vicente, 2022). Así, para Arango (2016), desde la concepción debe tratarse al ser humano como persona reconociendo derechos de inviolabilidad de la vida.…”
Section: La Vida Como Bien Jurídico Protegidounclassified
“…El derecho fundamental que prima sobre los demás es la vida, en tanto que es la que permite seguir siendo persona y efectivizar los demás derechos, por lo que si el nacimiento es condición necesaria para ser persona, no debe limitarse este derecho solo al momento del nacimiento sino a todas las situaciones previas a esta, considerando que la persona se relaciona directamente con un cuerpo vivo cuya protección responde a criterios jurídicos, biológicos y mayoritariamente socioculturales (Vicente, 2022). Así, para Arango (2016), desde la concepción debe tratarse al ser humano como persona reconociendo derechos de inviolabilidad de la vida.…”
Section: La Vida Como Bien Jurídico Protegidounclassified
“…Con la fecundación comienzan una serie de procesos biológicos, bioquímicos y morfogénicos, todos coordinados, que le permitirán llegar a un desarrollo completo si el hombre no se entromete. Con la fecundación inicia la aventura de una vida humana, cuyas principales capacidades requieren un tiempo para desarrollarse y poder actuar (Restrepo, 2016).…”
Section: A Derecho a La Vidaunclassified
“…Este cigoto pasará, sin solución de continuidad, por las diversas etapas hasta llegar a un individuo adulto. Esa identidad común, mantenida durante todo el desarrollo es la que lleva a afirmar que el feto es una persona (24). A partir de esta observación surge el reconocimiento de una dignidad intrínseca del feto, que lo hace merecedor de los derechos humanos (25) durante toda su existencia.…”
Section: A) Fundamentación Ontológicaunclassified