“…Al respecto ver Edwards yTermes, (2019). Por su parte, enTermes et al (2015) entrevista Teacher 1 CEC 20, Bogotá, February 28, 2014 17 Al respectoTermes et al (2015) citas de testimonio Teacher 3 CEC 22.18 Como se señaló en el pie de página 12, el Decreto 1851 de 2015 prohíbe explícitamente establecer cobros por cualquier concepto a los estudiantes y sus familias, no obstante, algunos contratos permiten el uso de las infraestructuras para generar ingresos adicionales a través de la venta de servicios, lo que corresponde a una fuente de recursos que no necesariamente está disponible para los colegios públicos y, que puede influir en la gestión y en los resultados.…”