The aborted law: Notes on the debate over the voluntary termination of pregnancy Los textos reunidos en este dossier (1,2,3,4,5,6) aparecen un tiempo después de que el Senado de la Nación impidiera, con el voto mayoritario de sus integrantes, la sanción de la ley que debió extinguir la penalización de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta las doce semanas de gestación y, más allá de este plazo, mantener las causales de no punición previstas en el artículo 86 del Código Penal, referidas a la salud de la madre, del feto, o cuando el embarazo sea producto de una violación. El proyecto de legalización del aborto obtuvo, en junio del corriente año, la media sanción de la Cámara de Diputados, y debe recordarse que se introdujeron algunos cambios a la propuesta original de la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito, integrada por una miríada de agencias que han abogado por este derecho fundamental para las personas en condición de gestar desde hace mucho tiempo. En efecto, el proyecto que la Campaña -polea central de la iniciativa desde 2005-hizo llegar al Congreso de la Nación en marzo de 2018, por séptima vez consecutiva, comprendía la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo hasta la décimo cuarta semana, en consonancia con la legislación vigente en la mayoría de los países, y no estaba prevista en esa versión la objeción de conciencia por parte de los y las profesionales. Estas dos circunstancias fueron objeto de modificaciones en la Cámara de Diputados y hubo acuerdos con la Campaña, persiguiendo el objetivo primordial de que la ley se sancionara.El traspié del Senado se originó merced al agresivo condicionamiento que efectuaron las jerarquías eclesiásticas en diversas provincias, al arraigo confesional de una buena parte de las y los representantes, y también a las defecciones y las conductas oportunistas. En el debate abierto que dio lugar a la habilitación del tratamiento parlamentario, las posiciones contrarias a esta prerrogativa -absorbidas por varias y varios legisladores-, basaron su argumentación en los siguientes puntos nodales: que existe persona desde el momento de la concepción, por lo tanto, la interrupción voluntaria es un crimen pues se eliminan personas; que los embarazos no queridos deben dar lugar a adopciones -de ahí el sintagma doctrinario "salvar las dos vidas"-; y que ni las violaciones pueden justificar ese crimen. Es más, llegó a argumentarse que justamente gracias a los embarazos se pueden detectar a los perpetradores