“…Esta ley establece una definición para el TEA, resguarda la inclusión en los ámbitos de salud, social, y educativo, penaliza la discriminación arbitraria, determina responsabilidades del estado y promueve el desarrollo de una red de servicios para el diagnóstico y atención del trastorno a lo largo del país. Además de ello, la ley reconoce a las personas cuidadoras, lo cual también es un avance significativo, considerando que es muy probable que un cuidador de una persona con TEA tenga que enfrentar problemáticas tanto de salud (falta de sueño, estrés, entre otras) como económicas (Durán et al, 2016;García et al, 2022). Entre los beneficios específicos que la ley contempla para las familias y cuidadores se encuentra: (1) el apoyo por medio de la entrega de recursos didácticos, tales como las herramientas de comunicación aumentativa alternativa, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social y Familia; (2) el derecho de que puedan acompañar a las personas con TEA de cualquier edad en caso de que sean hospitalizados o sometidos a procedimientos quirúrgicos ambulatorios; (3) la tranquilidad a familias cuyos hijos con esta condición vayan a instituciones de educación superior, por medio del aseguramiento legal de que dichas instituciones realizarán ajustes para que estudiantes con TEA puedan desenvolverse exitosamente, y (4) la aprobación para que padres o tutores legales puedan ausentarse de sus trabajos para acudir a emergencias en establecimientos educativos de nivel parvulario, básico y medio (Ley N.° 21545, 2023).…”