“…El gobierno mexicano, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (styps), recibe las peticiones de los empleadores canadienses, recluta y selecciona a los trabajadores temporales por medio de la Dirección General de Empleo bajo las siguientes condiciones: el trabajador debe ser mexicano, demostrar que tiene experiencia en actividades agrícolas, estar casado y de preferencia tener hijos, y ser de origen rural (Verea, 2003, Massey y Brown, 2011Carvajal y Elizalde, 2009). Aunado a esto, la Secretaría de Salud (ssa) certifica que los trabajadores temporales son clínicamente aptos para el empleo, y finalmente se integra su documentación migratoria y se comunican los datos de los trabajadores y su fecha de llegada a Canadá a través de las secretarías de Gobernación (Segob) y de Relaciones Exteriores (sre) (Verea, 2003;Montoya, 2005).…”