Las separaciones matrimoniales contenciosas generan afectaciones en los hijos, pudiendo requerir intervención legal. El presente artículo tuvo como objetivo valorar la pertinencia de la intervención psicoterapéutica en familias bajo régimen de visitas supervisadas por el equipo técnico de las unidades judiciales de familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Ambato, Ecuador, de julio de 2020 a julio de 2021. Se implementó una investigación con enfoque mixto, no experimental y descriptiva con una población de 10 expedientes de familias en régimen de visitas supervisadas por entidad judicial. Se emplearon fuentes provenientes de las bases científicas: SciELO, Dialnet, Wiley Online Library, Latindex y MIAR para la fundamentación teórica. Además, se aplicó la técnica de grupo nominal con 11 peritos psicólogos. Como parte de los resultados se determinó que el 90% de las familias residía en zona urbana y el 80% tenían un solo hijo. La edad promedio de los hijos fue de 6,92 años. El 55% de los progenitores tenía nivel superior de escolaridad, el 90% de los regímenes de visitas era de dos horas semanales y esa misma cifra fue de asignación de custodia a la madre. El 80% de pensiones era inferior a 261 dólares. El 50% de dictámenes judiciales indicaba intervenciones psicoterapéuticas. En las conclusiones se identificaron múltiples causas y consecuencias de la crisis familiar que requirió intervención judicial. Los especialistas participantes consideraron necesarias las intervenciones psicológicas para salvaguardar la salud mental de los hijos, involucrando unidades de atención del Ministerio de Salud Pública y con una normativa enfocada en fundamentos legales.