En marzo de 2021 se reformó la Constitución mexicana para transitar a un sistema de precedentes. Esta enmienda establece que las “razones” de las sentencias de la Suprema Corte serán obligatorias para los tribunales inferiores. Sin embargo, la reforma se enmarca en una arraigada práctica de tesis jurisprudenciales, i. e., enunciados abstractos identificados por la misma Corte al resolver un caso. Además, no hay consenso sobre qué son estas razones y por qué deberían ser vinculantes. El objetivo de este artículo es identificar las posibles concepciones de razones para revelar los distintos roles de la Corte en la creación del derecho judicial. Se utilizan nociones de la ratio decidendi del common law como herramientas de introspección para identificar cuatro modelos de creación del derecho en la práctica mexicana, a saber: legislación judicial, reglas implícitas, justificaciones político-morales, y categorías sociales. Aunque la primera concepción parece ser la dominante, las alternativas amplían el abanico para entender cómo es que la Corte crea derecho dependiendo del contexto interpretativo en que opere.