“…Una renovada Historia Social, donde resulta fundamental el «análisis relacional» de tipo inductivo que parte de la observación de las acciones e interacciones de los individuos en cuanto actores efectivos de la vida económica, política, social y cultural, al objeto de hallar sus configuraciones colectivas en la acción, de percibir sus relaciones con el contexto, de seguir en el tiempo las dinámicas y, como consecuencia, de explicar los procesos históricos de cambio desde la agencia de los actores que los produjeron (Imízcoz Beunza y Artola Renedo, 2017). En lo referente a la Historia de la Familia, aunque resulta muy complicado, por lo exhaustivo, realizar una relación de su trayectoria historiográfica, no hay que olvidar las aportaciones de Bartolomé Bartolomé, 2009;Butel, 1976;Casey y Bernalt, 1987;Chacón Jiménez, 2014;Chacón Jiménez y Bestartd, 2011;Delille, 1985;Dubert García, 1992;García González, 2001;García Fernández y Chacón Jiménez, 2014;Lev, 1990;Malanima, 1977;Rey Castelao, 1990. El igualitarismo hereditario castellano establecido en las Leyes de Toro de 1505 (Gacto Fernández, 1987, pp. 52-53) dejaba abiertos, tal como ya conocemos por los trabajos de Pérez García (1988 y Bartolomé Bartolomé (1996Bartolomé ( , 2002, resquicios jurídicos -mejoras del tercio, quinto de libre disposición o conjuntas, mandas y legados, etc.-que en la realidad deformaban la legítima y favorecían a uno o varios herederos por encima de los otros.…”