En el marco de una ambiciosa reforma tributaria, encabezada por José Calvo Sotelo y su grupo de asesores, durante el periodo en que este fue director general de Administración Local, se procedió, a mediados de 1925, a cambiar el impuesto de cédulas personales. Los recursos económicos así conseguidos tenían por objeto financiar a las Diputaciones Provinciales e indirectamente a los Ayuntamientos. El Estatuto Provincial, promulgado en marzo de 1925, estableció el marco legal de esta reforma. Se crearon tres tarifas aplicables a rentas del trabajo, contribuciones directas y alquileres. Aunque con limitaciones, esta reforma intentó convertir los impuestos de producto en impuestos sobre la renta. La severidad de la reforma nos permite utilizar este impuesto como un índice objetivo del poder económico de las élites periféricas. Como estudio de caso se ha analizado la aplicación de este impuesto a la población de Granada. En el ranking de las ciudades españolas, Granada era la cuarta en número de cédulas expedidas en las dos primeras clases de las tres tarifas.