“…Para Carabineros de Chile (2017) los delitos sexuales, y específicamente el delito de violación, se encuentran entre los denominados DMCS. Lo anterior responde principalmente a la naturaleza del delito, al perfil de vulnerabilidad de las víctimas afectadas (mujeres y niños/as), así como a la diversidad y magnitud de las consecuencias que estos actos conllevan sobre las víctimas (Durán & Pavié, 2004;Fábrega, Morales, & Muñoz, 2014;Machino, 2007;Maffioletti & Huerta, 2011).…”