“…Tercero, las mujeres, al encontrarse principalmente en ramas de actividad femeninas con peores condiciones laborales, menores salarios y prevalencia de contratos a tiempo parcial (que también sufren penalizaciones económicas), tienen bases de cotización inferiores a la de sus homónimos varones, lo que reduce sus prestaciones por desempleo, por bajas por enfermedad, o pensiones por jubilación e invalidez. En consecuencia, se encuentran en una situación de desventaja frente a los hombres (Meza Martínez, 2018), no solo durante su periodo de actividad, sino también cuando tengan la necesidad de acceder a estas prestaciones. Estas desigualdades explican parcialmente los procesos de pobreza y exclusión social que sufren las mujeres de nuestro país (Del Río & Alonso-Villar, 2007).…”