A partir del método dogmático y el uso de la técnica de análisis documental, este trabajo tiene por objetivo analizar el alcance de los criterios que permiten determinar cuándo la información sanitaria se ha proporcionado de forma "adecuada" en el ordenamiento jurídico chileno. En este contexto, se establece como hipótesis que aun cuando la normativa incorpora los criterios que orientan el deber de entregar la información sanitaria, resulta indispensable analizar cuál es la extensión de cada uno de ellos, brindando claridad sobre el momento en que se debe proporcionar la información (oportuna), la forma como se ha de poner a disposición de los pacientes (comprensible), el contenido de la misma (veracidad) y la intensidad con la que debe ser proporcionada (suficiencia). A partir del estudio realizado, se permite concluir que el derecho a la información sanitaria solo puede ser garantizada a partir de la construcción dialógica entre médico-paciente durante todo el iter asistencial, siendo esencial derribar las barreras originadas en factores etarios, lingüísticas, culturales y formales. Adicionalmente, se exige considerar que la intensidad de la información, depende, no solo del tipo de prestación otorgado -medicina curativa y voluntaria-, sino también de las particularidades del paciente, advirtiendo que no siendo insuficiente tampoco debe ser excesiva.Palabras clave: Derecho a la información sanitaria; autodeterminación del paciente; estándares del derecho a la información sanitaria.