“…Reconocer el cuidado nutricional como un derecho humano establece un compromiso, con una responsabilidad ética muy importante, que debe basarse en el res-peto de los 4 principios éticos (autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia) (43) , así como en otros principios, como la vulnerabilidad, la igualdad, la justicia y la equidad (44) . Asimismo, siguiendo el concepto de justicia distributiva, los cuidados nutricionales se deben proporcionar de forma equitativa a todos los individuos desnutridos o en riesgo de desnutrición, pero no iguales en el sentido de que, dependiendo de diversos factores, por ejemplo, regionales, culturales, entre otros, estos pueden variar, logrando objetivos similares.…”