“…Su enunciación es compleja, por cuanto para definir un proceso o iniciativa como innovadora desde el punto de vista social, esta debe cumplir una serie de características, y es sobre ellas sobre las que existen ciertas discrepancias entre los científicos sociales. Sin entrar en la controversia, se opta aquí claramente por una concepción de la innovación social con una orientación territorial (Moulaert, MacCallum, y Hillier, 2013;Torre, 2018), es decir, como los nuevos acuerdos o configuraciones sociales, organizativos o institucionales establecidos para modificar las relaciones sociales, para transformar un marco de acción o para proponer nuevas orientaciones culturales en un territorio (Klein, Fontan, Harrisson y Lévesque, 2009;Moulaert, Martinelli, González y Swyngedouw, 2007;Klein y Harrisson, 2007;. Murray, Caulier-Grice y Mulgan (2010) también continúan con la definición de innovación social en su Open Book of Social Innovation publicado por la Young Foundation, vinculando ésta al conjunto de nuevas ideas (productos, servicios y modelos) que satisfacen las necesidades sociales y crean, al mismo tiempo, nuevas relaciones sociales y redes de colaboración.…”