“…Sólo en los casos en que exista un espacio de discrecionalidad que derrote esa interpretación y aplicación que constituye el precedente de modo que en la resolución del problema jurídico propone la práctica de una justificación universalizable, como en las situaciones de "distinguishing" 65 . b) Por otra parte, la Corte Suprema tiene que cumplir con el requisito de universalidad en la justificación de sus decisiones judiciales, para asegurar que, al definir la "respuesta correcta" (y final) que revestirá la autoridad que vinculará todos los demás tribunales y jueces, está actuando de manera racional e igualitaria 66 . Claro que el precedente horizontal plantea desafíos (en el caso de tribunales superiores que funcionan en salas o cámaras especializadas), pero consideramos que comenzando por lo más complejo de aceptar que es el supuesto vertical, aquel resulta fácilmente abordable.…”