“…Este artículo ofrece una contribución empírica más que teórica, ya que tanto los datos presentados como el análisis son originales. Los estudios teóricos previos que se han realizado en materia de denuncia ciudadana sobre cumplimiento ambiental se han enfocado en las diferentes estrategias de su utilización como una "alarma contra fuego" o como "patrulla de policía" (Raustiala, 2004), en el contexto de su legitimidad como instrumento de política (Knox y Markell, 2012), en su incapacidad para mitigar la falta de cumplimiento de la legislación ambiental (Lewis, 2007;Yang, 2005), en su utilización como mecanismo supranacional para influir en la operación de las políticas ambientales internas (Longiaru, 2008;Wilson, 2005) y en su papel como instrumentos de "ley suave" (soft law) (Graubart, 2005;2009). El contexto teórico sobre el cual se fundamenta el presente artículo está en la literatura presentada en las secciones posteriores del documento, primordialmente en las hipótesis de utilización del mecanismo como herramienta para "avergonzar" a los gobiernos de Canadá, Estados Unidos y México, muy en el estilo del mecanismo de transmisión de la presión de segundo orden de Pacheco-Vega o en el boomerang de Keck y Sikkink (Pacheco-Vega, 2005).…”