Las constituciones a nivel mundial protegen una creciente lista de derechos. Los constitucionalistas apuntan a una variedad de explicaciones "ascendentes" y "descendentes" de estos patrones de expansión de derechos. Este artículo, sin embargo, identifica una dinámica adicional y poco explorada, que subyace a este patrón en algunos países-p.e. el emparejamiento de derechos constitucionales con varias formas de reforma constitucional estructural, como parte de un trato entre la sociedad civil y los actores políticos dominantes en sus aspiraciones, o apoyo, por reformas constitucionales. Estas formas de tratos, como sugiere este artículo, pueden traer consecuencias problemáticas para la democracia: pueden preparar el camino para la consolidación de un partido dominante o un mandato presidencial en formas que limiten la efectividad de estas mismas reformas basadas en derechos, y crear una amenaza mayor al "núcleo mínimo" necesario para una verdadera democracia. Por ello, como parte del artículo, se sugiere una necesidad de mayor cuidado por parte de la sociedad civil antes de aceptar derechos como una forma de "soborno", o incentivo, para apoyar determinadas formas de reforma constitucional estructural. Para los artífices de la democracia constitucional, también se señalan las ventajas de "dividir" las diferentes formas de reforma constitucional. El artículo explora estos argumentos tomando como referencia dos recientes ejemplos de reforma constitucional, en Ecuador y Fiyi, que contenían una combinación de reforma basada en derechos con formas crecientes de mandato democrático sin competencia.