Introducción: La objeción de conciencia (ODC) es la negación del profesional a realizar una actividad específica; en ella se materializa el derecho a la libertad de conciencia, cuyo objetivo es respetar las convicciones personales relevantes (religiosas, filosóficas, éticas o morales). No obstante, cuando el personal sanitario es objetor, el panorama jurídico es difuso. La ODC es un derecho que debe estar regulado plenamente en su ejercicio con el fin de no transgredir el derecho a la salud de las personas.
Objetivo: Identificar el estado de la cuestión de la ODC, así como los enfoques teóricos y metodológicos que instrumentan su aplicación.
Desarrollo: Revisión narrativa que explora la ODC en el contexto mexicano, desde el enfoque del derecho del personal médico y de enfermería para ser objetor. Se identificaron algunas dimensiones que abordan aspectos como el ejercicio del derecho de ODC y su relación con el marco jurídico aplicable, también dimensiones asociadas al conflicto o compatibilidad entre el derecho de ODC y el derecho a la salud.
Conclusiones: La ODC se contextualiza al aborto y no a otros temas relacionados que también conflictúan con los derechos del paciente. Son escasas las publicaciones en revistas científicas sobre el derecho a objetar del personal sanitario. El reconocimiento pleno del derecho a la ODC requiere de enfoques basados en los derechos humanos, los cuales buscan reconciliar en un punto intermedio y reconocer que el personal de salud, al igual que los pacientes, tienen derechos e integridad moral, guiados por convicciones éticas y morales.