Frente a la iniciativa que se ha planteado para adoptar una Renta Básica de Emergencia habida cuenta del impacto que la pandemia del Covid-19 ha tenido en los sectores más vulnerables de la población, este trabajo pretende llevar la reflexión y la discusión sobre la Renta Básica más allá de sus propiedades de contingencia hacia una argumentación que trasciende este marco para situarlo en una perspectiva más comprehensiva como es el prisma de una teoría de la justicia y de los derechos humanos. A partir de la reclamación y postulado de la “dignidad humana” como condición sine qua non de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y de la comprensión de la ciudadanía como el sustrato propio de la Modernidad, la idea de la Renta Básica estaría en la base de brindar las condiciones materiales (Raventós) para el ejercicio de la ciudadanía y del goce efectivo de los derechos humanos y de la libertad de las personas. Haría parte de uno de los tres aspectos establecidos por T. H. Marshall, sobre el concepto de ciudadanía, el de la ciudadanía social que, sumada a la ciudadanía legal y a la ciudadanía política, habilitarían a las personas para el ejercicio pleno de sus derechos ciudadanos. En ese orden de ideas, la Renta Básica debería constituirse como una Renta Ciudadana, es decir un Ingreso Básico Universal (IBU) y, en consecuencia, debería más bien considerarse la opción de pensar en establecer una Renta Básica Universal y no simplemente de Emergencia.