U no de los principales retos de la actual teoría de las libertades consiste en precisar el significado y alcance de la noción de ciudadanía, para que, una vez clarificado este término, pueda acometerse la tarea de hacer efectivas las garantías jurídicas y políticas que de ese concepto se desprenden. Este capítulo tiene por objeto avanzar algunas reflexiones tendentes a discernir esa problemática. En aras de ese propósito, tratará de precisar, dentro de los usos lingüísticos de la expresión "ciudadanía", aquél que se estima más pertinente para la teoría de los derechos fundamentales; se hará eco de los motivos más invocados por quienes han planteado la crisis de la ciudadanía en las sociedades democráticas; y, por último, tratará de justificar la persistencia del concepto de ciudadanía como marco de referencia para la participación democrática en los procesos jurídicos y políticos de los Estados de derecho. Para un mapa lingüístico de la ciudadanía: sus acepciones lexicalesNo deja de ser paradójico que la noción de ciudadanía, uno de los ejes en torno al cual se gestó la concepción moderna de las libertades en el siglo XVIII, constituya hoy, cuando se inicia el siglo XXI, una de las categorías más asidua y ubicuamente invocadas en la esfera de los derechos fundamentales. En el lenguaje jurídico y político del presente, se alude de forma constante y, en muchas ocasiones con significación diversa, al término "ciudadanía". Conviene no dejar esta noción a la intemperie, sin abrigo de aclaraciones, expuesta a contraer las significaciones más arbitrarias y confusas.Es tarea insoslayable de la teoría de los derechos fundamentales del presente urbanizar esa jungla de sentidos, distintos y hasta opuestos, de la "expresión" ciudadanía, para evitar que la misma quede ofuscada y borrosa. Para ese propósito clarificador resulta oportuno partir de una relación de los principales significados de uso del término "ciudadanía". Se trata de esbozar una especie de mapa lingüístico que reseñe algunos de los contextos básicos
E l argumento que suscita este comentario, es decir, el interrogante: ¿qué son los derechos humanos?, invita a plantear un doble orden de consideraciones. En primer término, apremia a discernir cuál puede ser el concepto más adecuado para responder a esa interpelación. A su vez, ello induce a establecer la relevancia práctica de los elementos integrantes del concepto propuesto. En cierto modo, este doble acercamiento responde a la distinción avanzada por Ronald Dworkin (1977 y 1986) entre concepto y concepción. Reducida a sus elementos más simples dicha distinción se cifra en que mientras el concepto alude al significado teórico y general de un término, la concepción hace referencia a la forma de llevar a la práctica un concepto. Cuando apelo a un concepto -indicará Dworkin-planteo un problema; cuando formulo una concepción intento resolverlo.No es mi propósito, ni entiendo que esta sea la sede más adecuada para hacerlo, abordar aquí la mayor o menor dosis de originalidad de esta dicotomía, ni establecer sus virtualidades metodológicas últimas, únicamente la traigo a colación por parecerme útil a efectos de polarizar en su torno mis glosas a la Ponencia del profesor Francisco Laporta «Sobre el concepto de los derechos humanos». 2.-Sobre el concepto de los derechos humanos.De entre las múltiples vías de acceso a la delimitación conceptual de los derechos humanos existen dos que, a mi entender, revisten especial interés por haber servido de apoyo a distintas exploraciones actuales encaminadas a definir esa categoría. Me refiero a las definiciones ostensivas y aquellas que operan desde premisas, vinculadas, con mayor o menor intensidad, al análisis lógico. 2.1.-La aproximación ostensiva.A la pregunta: ¿qué son los derechos humanos? se puede contestar a partir de definiciones ostensivas, por denotación o extensión mostrando una serie de ejemplos de objetos o cosas de los que puede predicarse que son o que tienen que ver con los derechos humanos.Así, una posible respuesta a dicha cuestión consistiría en exhibir o apelar a objetos tales como el texto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la O. N. U.,
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