En Colombia los conflictos socioambientales han escalado dentro de la expansión judicial en dos frentes (Feoli, 2015), vía judicialización de la política y vía activismo judicial. El primero, cuando los actores en pugna usan mecanismos jurídicos para resolver controversias ambientales (el control previo de constitucionalidad de consultas populares, la acción de tutela contra providencias judiciales, y la nulidad de sentencias de la Corte Constitucional, entre otros), en lugar de debatirlos en escenarios de participación democrática. Mientras que en el segundo la judicatura profiere providencias antiformalistas (López Medina, 2018). A partir de un estudio de caso sobre el régimen de competencias ambientales de las entidades territoriales en consultas populares ambientales, este escrito aborda si: I) ¿la Sentencia SU-095 de 2018 de la Corte Constitucional es activista? Y II) ¿Los cambios jurisprudenciales de esta sentencia obedecen a cambios de magistrados? Se concluye que esta sentencia de unificación sí es activista, y que representa un caso por excelencia del imperio del gobierno de los jueces que se opone al gobierno del pueblo, expresado en las consultas populares realizadas entre 2011-2019, y, por otro lado, que los cambios en la integración de la Corte sí incidieron en el viraje jurisprudencial sobre este tema.
En Colombia la adjudicación del derecho es una práctica sumamente compleja que involucra múltiples decisiones todo el tiempo: Sobre los hechos del caso, las normas jurídicas a aplicar, su interpretación, sus efectos, su concordancia con otras fuentes del ordenamiento jurídico, etc. Situación agravada por la coexistencia de tres altas cortes encargadas de unificar la jurisprudencia en sus respectivas jurisdicciones, a raíz de la diversidad de criterios de los jueces de instancia. Con tal propósito el Consejo de Estado y la Corte Constitucional cuentan con las sentencias de unificación jurisprudencial. Sin embargo, esta herramienta no está exenta de vicisitudes en su aplicación a casos concretos. En especial, cuando por la veleidad ocurren cambios jurisprudenciales respecto de las subreglas que venían siendo observadas. Esta investigación responde dos preguntas en el marco de las sentencias de unificación del Consejo de Estado y la Corte Constitucional: i) ¿Cuándo un cambio jurisprudencial es legítimo? ii) ¿Cómo se aplica la nueva subregla en el tiempo? Desde un enfoque dogmático del derecho se empleó la metodología de enfoque cualitativo, a partir de análisis documental de doctrina y jurisprudencia. Se concluyó que un cambio jurisprudencial es legítimo sí y solo sí cuando cumple con la carga de la transparencia y la carga de la argumentación. Además, si bien las sentencias de unificación son un mecanismo necesario para garantizar el derecho a la igualdad y la seguridad jurídica, estas también precisan de la modulación de sus efectos en el tiempo, pasando de la aplicación retroactiva a la prospectiva, a partir de un enfoque de derechos.
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