<p>El objetivo fue determinar el valor predictivo de los rasgos de personalidad según el modelo de los Cinco Factores Mexicanos de la Personalidad en el Síndrome de Quemarse por el Trabajo y sus dimensiones desde el modelo del Gil-Monte. Participaron 375 profesores de educación básica de la Ciudad de México, el muestreo fue no probabilístico intencional con diseño transversal y correlacional. Se utilizó el Cuestionario para la Evaluación del Síndrome de Quemarse por el Trabajo y la Escala de los Cinco Factores Mexicanos de Personalidad. Para analizar se utilizó la Prueba de correlación de Pearson, y un modelo de regresión lineal por pasos. A excepción de Control Emocional e Ilusión en Trabajo (r<sup>2</sup>=.087; <em>p</em>>0.05), los resultados encontraron correlaciones significativas de los 5FM y el SQT, negativas en el caso de rasgos de personalidad y Desgaste Psíquico, Indolencia, y Culpa, positivas entre 5FM e Ilusión por el Trabajo. El modelo de regresión lineal múltiple incluyó como predictores del SQT a Sociabilidad Expresiva, Organización y Aceptabilidad (F= 39.8, <em>β</em>=-.197*). Se concluye que en la población de docentes estos son los rasgos de personalidad asociados al síndrome, pero tienen un papel flexible en el desarrollo del SQT. Los resultados coinciden con otros estudios. Se sugiere para investigaciones posteriores evaluar el de papel modulador de estos rasgos con Factores de Riesgo Psicosocial como antecedente.</p>
Las instituciones de la participación ciudadana y la consulta previa resultan de especial estudio, principalmente, para la realización pertinente de actividad minera en países de sostienen su economía en la explotación de recursos naturales. Por muchos años, el Perú ha afrontado conflictos sociales importante porque enfrenta conceptos como propiedad superficial (predio) y la concesión minera. Es importante aseverar que en el Perú los recursos naturales, sean renovables o no renovables, son patrimonio de la Nación, lo cual difiera de las teorías patrimonialistas, las cuales sitúan al Estado como el propietario de minas, tierras, bosques, etc. En este artículo, el autor presente un estudio puntual sobre la participación ciudadana y la consulta previa en el sector minero peruano, a propósito de la sentencia recaída en el Exp. 03066-2019-PA/TC del Tribunal Constitucional, la misma que adolece de criterios de especialidad en el campo del Derecho minero, ambiental y de los recursos naturales, siendo fundamental su análisis y explicación de cara a las inversiones mineras.
La ilegalidad sigue cobrando muchas víctimas, mientras daña el ambiente y se beneficia en el mercado negro, dejando zozobra anticipándose al Estado. Como tal, emergen a modo de «enemigos» del Estado de derecho, para lo cual este debe contestar no solo con más norma, sino con acciones inteligentes y estratégicas que supriman al enemigo y detengan el acto ilegal. El «Derecho ambiental del enemigo» se presenta como una teoría que sostiene sólidamente un régimen de prevención que implica contar con tecnología que incorpore recursos en quienes tutelan el ambiente y sus componentes para evitar la realización de actividades ilegales. Este estudio abarca la ilegalidad, el pensamiento de las comunidades, la definición de «enemigo» y la justificación para sostener una nueva tendencia del derecho ambiental.
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