Violación del derecho a la consulta indígena: siembra de soya transgénica en comunidades mayas del estado de Campeche, MéxicoViolation of the indigenous rights to be consulted: transgenic soy bean sowing in Mayan communities from the state of Campeche, MexicoViolação do direito à consulta indígena: plantio de soja transgênica em comunidades maias no estado de Campeche, MéxicoEduardo Negrín Muñoz Universidad Autónoma de Campeche, México ednegrin@uacam.mx https://orcid.org/0000-0003-2345-5326
ResumenEn el año 2012, fue autorizada la siembra de soya genéticamente modificada a escala comercial en comunidades mayas del Estado de Campeche, México. A este hecho se opusieron organizaciones indígenas mediante la vía legal -amparo-, obteniendo, luego de tres años, un fallo favorable de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero aún no definitivo, ya que la máxima instancia condicionó la siembra de soya genéticamente modificada a la realización de una consulta en las comunidades afectadas.Las primeras convocatorias de dicha consulta se realizaron desde el 31 de marzo de 2016.De acuerdo con el protocolo presentado por las autoridades encargadas de la organización y puesta en marcha del proceso de consulta, el mismo constará de cinco fases. Hasta el 23 de septiembre de 2017, se han realizado cinco sesiones que corresponden apenas a la primera fase del proceso de la consulta, que es la de acuerdos previos.Debido a que esta figura de la consulta es relativamente nueva en México, y a la marcada y tradicional relación asimétrica que existe entre autoridades oficiales y comunidades indígenas, el proceso al que se hace referencia se ha visto entorpecido debido a que las primeras están acostumbradas a imponer condiciones y las segundas están decididas a defender sus derechos.De esta manera, el tema principal del presente trabajo es mostrar el desarrollo, por demás irregular, de este proceso de consulta.Palabras clave: derecho a la consulta, organismos genéticamente modificados, pueblos indígenas.
AbstractIn the year 2012, the planting of genetically modified soy bean on a commercial scale was In accordance with the protocol presented by the authorities in charge of the organization and implementation of the of consultation process, it will consist of five phases. Up to September 2017, there have been carried out five meetings that correspond scarcely to the first phase of the process (Prior Agreements).Since consultation figure is relatively new in Mexico, and to the marked and traditional asymmetric relationship between official authorities and indigenous communities, the process to which we refer has seen hampered, since the first ones, accustomed to imposing conditions, have determined in this sense, and the second ones, are decided to defend their rights.The extremely irregular development of this consultation process is the main theme of this paper.Keywords: right to consultation, genetically modified organisms, indigenous people. As primeiras chamadas para tal consulta foram feitas a partir de 31 de março de 2016.De acor...