El artículo analiza, desde una perspectiva constitucional, la restricción del acceso a la adopciónen familias homoparentales en la legislación ecuatoriana. El objetivo es ilustrar la incidencia de esta restricción en el derecho constitucional de los niños, niñas y adolescentes a tener una familia, y cómo esta disposición resulta discriminatoria con respecto a las parejas del mismo sexo. Se examinan fuentes teóricas y jurisprudenciales sobre los tipos de familias y los derechos que implica su reconocimiento. En los resultados del estudio se indica que esta disposición normativa no solo constituye una vulneración al derecho de igualdad y no discriminación para las familias homoparentales, sino que también afecta el principio de interés superior del niño. Como conclusiones novedosas se plantea la necesidad de reconocer y regular la adopción en familias homoparentales, exponiendo criterios básicos a tener en observancia para regular este tipo de adopción en el Ecuador.
El Derecho ha transitado por etapas que marcaron su evolución hasta el Neoconstitucionalismo actual. Se define esta teoría desde una óptica teórica, ideológica y metodológica. El objetivo es ilustrar si dentro de este modelo, la ponderación y la argumentación moral, son los métodos que pueden garantizar una adecuada aplicación de la norma constitucional en casos donde exista colisión de derechos o principios. Se pudo concluir que, el Neoconstitucionalismo implica supremacía constitucional, integra los principios como elemento esencial para la protección de derechos y otorga protagonismo al juez como intérprete de la ley a través de la Ponderación, permitiéndole dilucidar y aplicar las normas y principios a casos concretos y así resolver de forma pormenorizada.
Sumario 1.-Introducción; 2.-Las garantías como mecanismos de protección de derechos: Tipos de garantías; 2.1.-Garantías Normativas; 2.2.-Garantías institucionales y sociales; 2.3.-Garantías de políticas públicas; 2.4.-Garantías jurisdiccionales; 2.4.1.-Acción de Protección; 2.4.2.-Acción de Habeas Corpus; 2.4.3.-Habeas Data; 2.4.4.-Acción de acceso a la Información Pública; 2.4.5.-Acción por Incumplimiento; 2.4.6.-Acción Extraordinaria de Protección; 3.-Conclusiones; 4.-Referencias.
La Constitución de la República del Ecuador del año 2008 prevé una serie de garantías jurisdiccionales destinadas a tutelares derechos constitucionales. El objetivo del presente artículo es determinar la eficacia de la Acción de protección, como mecanismo de tutela de derechos. Para ello se analizan casos en el cantón Ibarra durante el año 2019, utilizando algunos criterios como la duración de los procesos, decisión judicial en primera instancia entre otros, que permitirán determinar si la garantía es o no eficaz para los fines propuestos por el legislador. Al ser un estudio cualitativo el mismo permite examinar elementos jurídicos, doctrinarios y jurisprudenciales para finalmente establecer si es realmente eficaz o no esta garantía en su ámbito de aplicación. Se puede concluir que en la acción de protección se advierte la existencia de fallas en materia de celeridad procesal, lo que afecta el objeto y la naturaleza jurídica de esta garantía.
El presente estudio valora las diferentes teorías que abordan el contenido esencial de los derechos fundamentales. Se analiza desde una perspectiva constitucional, esencialmente, visto como una garantía que opera frente al legislador. La investigación realiza un análisis de derecho comparado examinando jurisprudencia de países como España, Perú, Colombia, para finalmente, concatenar el desarrollo de estas proposiciones en el Ecuador. El objetivo fundamental se centra en abordar de manera crítica el desarrollo jurisprudencial ecuatoriano en cuanto a la determinación del núcleo duro, como también se le conoce a esta parte inquebrantable de los derechos, y propone la aplicación de nuevos criterios de razonabilidad para establecer su contenido y alcance. Se implementa el método cualitativo de investigación científica, esencialmente en lo referente a la recolección de información sobre aspectos relacionados con los enfoques teóricos que giran entorno a la determinación de esta zona infranqueable de los derechos fundamentales. Finalmente con el artículo se concluye que la principal dificultad que se presenta en el ordenamiento jurídico constitucional ecuatoriano es precisamente el hecho de que no se instituye una jerarquización de los derechos, es decir que, es realmente perentorio para el Ecuador desarrollar desde el punto de vista normativo estándares claros que permitan a los jueces que esta teoría del contenido esencial sea una herramienta valiosa al momento de emitir sus juicios de valor; teniendo en observancia elementos fundamentales como lo es la naturaleza jurídica, el bien protegido, su finalidad y su ejercicio funcional, a ello se suma la propuesta de la aplicación de criterios de razonabilidad para optimizar dicha valoración sobre todo cuando existen derecho fundamentales en contradicción.
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