“…En cambio, en la literatura internacional sí es más frecuente encontrar referencias sobre este particular aspecto del funcionamiento del sistema penal. Pueden servir como ejemplo de ello los trabajos de Bensimon (2004;2005a;2005b), Crouch y Alpert (1982), Kauffman (1988), Lambert et al (2010), Liebling y Price (2001), Malochet (2004), Tellier y Serin (2001) o Williamson (1990), destacando, por su calidad, el estudio de Crawley (2004). Quizá esta falta de atención en España, y también en Hispanoamérica, sea debida a que los funcionarios penitenciarios, y en particular los responsables de la seguridad, han sido vistos como un elemento negativo e incluso indeseable aunque necesario del sistema carcelario (Cuaresma y Nicolás, 2006;Garriga, 2000).…”