2015
DOI: 10.3917/soc.129.0135
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Activités sociologiques

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“…Ver también Albónico (1943) p. 143;Etcheberry (1960) p. 58;Maluenda (1998) p. 60. para los contratos de compraventa internacional de mercaderías gobernados por la Convención de Viena de 1980 174 . En Chile no existe defi nición o criterio adecuado para determinar cuándo un contrato es internacional 175 . Una interpretación literal de las normas del Código Civil y de Comercio permite caracterizar un contrato como internacional cuando ha sido celebrado en el extranjero para cumplirse en Chile 176 ; una interpretación analógica de estas mismas normas amplía esta caracterización a contratos celebrados en un Estado para ser cumplidos en otro.…”
Section: Los Límites En El Ejercicio De La Autonomíaunclassified
“…Ver también Albónico (1943) p. 143;Etcheberry (1960) p. 58;Maluenda (1998) p. 60. para los contratos de compraventa internacional de mercaderías gobernados por la Convención de Viena de 1980 174 . En Chile no existe defi nición o criterio adecuado para determinar cuándo un contrato es internacional 175 . Una interpretación literal de las normas del Código Civil y de Comercio permite caracterizar un contrato como internacional cuando ha sido celebrado en el extranjero para cumplirse en Chile 176 ; una interpretación analógica de estas mismas normas amplía esta caracterización a contratos celebrados en un Estado para ser cumplidos en otro.…”
Section: Los Límites En El Ejercicio De La Autonomíaunclassified