“…Respecto de la cuestión del vínculo entre la Ley del lenguaje, la ley del Padre y los ideales sociales, los estudios psicoanalíticos sobre la adolescencia, desarrollan una hipótesis que procede del siguiente modo: i) durante la infancia la Ley del lenguaje, que excluye para el infante humano el goce de la Cosa, se reviste necesariamente bajo los ropajes de la figuras paternas de terceridad; sin embargo, ii) en la adolescencia, la Ley del lenguaje y la Ley del Otro social, se tornan disjuntas a causa del encuentro con lo polo femenino de la sexuación (Lesourd, 2002), lo cual permite la declinación el poderío de la ley del padre, a favor de los ideales sociales, siendo en este espacio entre dos leyes (Rassial, 1996) en donde se desarrolla el trabajo de la adolescencia y explota su conflictividad. Por otra parte, partiendo esta vez de la diferenciación entre el carácter intrapsíquico del súperyo y su aspecto sociocultural, Jean Gagnepain (2010), como hemos visto, remarca la importancia clínica de distinguir entre los mandatos del Otro social, encarnados en la figura del súperyo adolescente, y por lo tanto, presentes como vivencia psíquica para el adolescente, y la cuestión de la ley como fundamento del lazo social.…”