Principios Y Garantías Procesales 2013
DOI: 10.2307/j.ctvrzh033.5
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Conflicto Entre Garantías Constitucionales Del Proceso

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“…En palabras de Joan Picó I Junoy, "la vigencia del derecho a la defensa asegura a las partes la posibilidad de sostener argumentalmente sus respectivas pretensiones y rebatir los fundamentos que la parte contraria haya podido formular en apoyo de las suyas, pero sin que sea necesario que de facto tenga lugar una efectiva controversia argumental entre los litigantes, que, por unas u otras razones, puede no producirse. " 9 Por lo que en palabras de Juan Luis Gómez Colomer, "el principal derecho del acusado es el de defensa, correlativo a la acusación, como la concreción del principio de contradicción, tanto en su vertiente material, como técnica a cargo del defensor. El cambio del sistema inquisitivo al acusatorio se nota de manera especialmente incisiva en este derecho, pues en verdad en un proceso inquisitivo el acusado no tiene prácticamente derecho a nada, tampoco a defenderse, aunque de manera formal aparezca este derecho consagrado en la ley, ya que, la acusación se teje de manera secreta en su contra, no teniendo obligación las autoridades públicas de persecución de recoger las pruebas exculpatorias, cercenando además, las posibilidades de actuación real del defensor. "…”
Section: El Derecho De Defensa Adecuada Y Su Regulaciónunclassified
“…En palabras de Joan Picó I Junoy, "la vigencia del derecho a la defensa asegura a las partes la posibilidad de sostener argumentalmente sus respectivas pretensiones y rebatir los fundamentos que la parte contraria haya podido formular en apoyo de las suyas, pero sin que sea necesario que de facto tenga lugar una efectiva controversia argumental entre los litigantes, que, por unas u otras razones, puede no producirse. " 9 Por lo que en palabras de Juan Luis Gómez Colomer, "el principal derecho del acusado es el de defensa, correlativo a la acusación, como la concreción del principio de contradicción, tanto en su vertiente material, como técnica a cargo del defensor. El cambio del sistema inquisitivo al acusatorio se nota de manera especialmente incisiva en este derecho, pues en verdad en un proceso inquisitivo el acusado no tiene prácticamente derecho a nada, tampoco a defenderse, aunque de manera formal aparezca este derecho consagrado en la ley, ya que, la acusación se teje de manera secreta en su contra, no teniendo obligación las autoridades públicas de persecución de recoger las pruebas exculpatorias, cercenando además, las posibilidades de actuación real del defensor. "…”
Section: El Derecho De Defensa Adecuada Y Su Regulaciónunclassified
“…Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 25 de mayo de 2009, rol Nº 1345.72 Vid. PICÓ IJUNOY (1997), p. 46. ANDOLINA y VIGNERA (1997, p. 80.…”
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“…Na opinião de PICÓ I JUNOY, esta segunda soluçãoainda que considerada a orientação do Tribunal Constitucionalé a mais adequada, pois alcança o justo ponto de equilíbrio entre a garantia da imediação e a existência de uma segunda instância revisora no âmbito do processo penal. 526 Aliás, neste ponto e retomando a opção do Tribunal Constitucional espanhol, é importante consignar uma advertência: estando já bem estabelecido e claramente definido o alcance da doutrina constitucional incorporada pela STC 167/2002, constata-se que o TEDH emitiu quatro acórdãos 527 recentes colocando em tela a doutrina do Tribunal Constitucional, condenando a Espanha precisamente nos casos em que a Corte espanhola se servia da doutrina para considerar que nos casos analisados a imediação não teria sido comprometida. inocência de modo dialético perante o órgão ad quem, incluindo o direito a ser ouvido pessoalmente.…”
unclassified