“…Asimismo, en el caso de los nacimientos que tienen lugar fuera de estas instituciones también es posible obtener el certificado si así se solicita.En teoría, el certificado es un requisito obligatorio para registrar el nacimiento; sin embargo, en la práctica en algunas entidades federativas no se requiere el certificado de nacimiento para registrarlo, por lo que algunos nacimientos, pese a haber quedado registrados, no fueron contabilizados en las estadísticas de este subsistema, que se basan en los certificados de nacimiento(Fernández, 2012; UNICEF/INEGI, 2012). Otra de las limitaciones del SINAC es que la serie de datos que se puede construir a partir de él es muy corta, ya que se inició en 2008, y no menos importante es el hecho de que se han documentado problemas de calidad de la información, sobre todo en áreas rurales y con población hablante de lengua indígena(Welti, 2016;Freyermuth, Ochoa y Muños, 2017). Además, esta fuente no incluye características del padre, y presentarlas es uno de los objetivos principales de este análisis.…”