En Colombia, gracias a la modificación del código penal con la ley 1774 de 2016 se consideran a los animales como seres sintientes, mas no como cosas; siendo así recibirán protección especial de sufrimiento y dolor por todo aquel que les cause un daño a los seres sintientes (Taborda, 2016), el cual deberá resarcirlo no de manera estricta, sino que en razón de la moral debe ser castigado atribuyéndole al afectado una indemnización referente al daño punitivo. Aunque los daños punitivos no son aplicables en Colombia, ¿cómo se podría aplicar una protección a seres sintientes en Colombia en relación a los daños punitivos como mecanismo sancionatorio?, a continuación se realizará un análisis deductivo de la legalidad de una posible sanción económica incluida dentro de los daños a la salud del animal frente a una conducta imprudente, maliciosa o engañosa del que ocasionó el daño. Se tendrá en cuenta los aspectos socio jurídicos del maltrato animal en Colombia, el contexto jurídico del maltrato animal en cuanto a la responsabilidad civil, la figura de los daños punitivos como un mecanismo de reprenda a los daños ocasionados a los seres sintientes y todo lo que conlleva el implementar esta figura en sí dentro de un país exclusivamente reparador