Los conflictos armados, ya sean internacionales o no, provocan la degradación, o incluso la destrucción, de partes del entorno natural, incluidos los animales, la vegetación, el suelo, los sistemas hídricos y los ecosistemas. En algunas situaciones, el impacto puede extenderse a grandes zonas y continuar durante años o incluso décadas después de que finalicen las hostilidades. Aunque un cierto nivel de daño medioambiental es inherente a los conflictos armados, no puede ser ilimitado. Como parte del medio ambiente, los animales se benefician de la protección que deriva de los principios y disposiciones del derecho de los conflictos armados que proporcionan salvaguardias ambientales directas e indirectas. La noción de medio ambiente, a los efectos del derecho internacional humanitario, engloba a todos los animales (incluidos los de granja o de compañía) y, en particular, la fauna silvestre y sus hábitats, así como la relación que estos seres mantienen con el sistema ecológico en el que existen. Nuestro trabajo tiene como objetivo examinar y analizar las obligaciones de las normas contenidas en el derecho de los conflictos armados que protejan el medio ambiente natural para detectar las principales vías de protección que pueden ser aplicadas a los animales, como partes del entorno natural, a este respecto. El interés en abordar este tema de investigación radica en el amor que siento hacia los animales y en la escasa literatura doctrinal en español que se ha localizado al respecto.