“…Además, se introdujeron discursos ligados al civismo y el higienismo urbano que vertebraban los referentes de la normativa en Madrid, así como los objetivos políticos de la reestructuración ligada a la planificación urbanística, teniendo como consecuencia el establecimiento de un relato acerca del uso "correcto" del espacio público y la restricción de los usos del mismo en el ámbito madrileño (Limón López, 2014). El vínculo entre dichas retóricas y la respuesta institucional a algunos movimientos sociales tuvo un elemento pionero en las figuras de las ordenanzas cívicas en Madrid y Barcelona (Limón López, 2012), y especialmente en la Ley 5/2002, de 27 de junio, de drogodependencias y otros trastornos adictivos, de la Comunidad de Madrid -también conocida como "Ley anti-botellón"-, que supuso el germen de las transformaciones de la regulación del espacio público en clave de seguridad pública. De este modo, el reconocimiento administrativo devino aspecto hegemónico de la agenda pública, no sólo por el sobre-protagonismo dado a las instituciones, sino también por la restricción a movimientos y formas de acción colectiva que quedaban fuera de las instituciones, tal como recogían las normativas del momento, especialmente ligadas a las grandes ciudades 4 .…”