“…de infecciones han tenido consecuencias nefastas, entre ellas, licencias (obligatorias) de duración incierta, reducción de las horas de trabajo, despidos y pérdida de puestos de trabajo, consecuencias con las que también se han visto afectados los usuarios de las Administraciones Públicas, esto por cuanto sus necesidades o requerimientos tardan mucho tiempo. No obstante, lo cual, para un segmento importante de la población activa, la pandemia ha provocado un aumento repentino en la carga de trabajo, así como cambios importantes en las condiciones de este, así también el teletrabajo o el trabajo en corta duración(Ramírez-Velásquez et al 2021).En lo que respecta al teletrabajo en el Ecuador, dentro de la normativa podemos encontrar esta figura establecida en la Ley Orgánica del Servicio Público desde el 22 de junio de 2020, sin embargo, carece de varios aspectos relacionados al teletrabajo como por ejemplo al seguimiento y control de las actividades del funcionario público, su cumplimiento con el horario de trabajo, carga laboral, expedientes administrativos, etc., así como también, una normativa que haga referencia a las sanciones…”