“…De estos tres manuscritos, tan solo el Códice Rico pudo haber sido incorporado a un cierto uso de carácter performativo en ese contexto cortesano, puede que el Códice de los músicos en los últimos momentos de la vida del monarca. No obstante no debemos olvidar que previamente a los códices historiados al menos existió otro manuscrito que en 1276 estaba ya finalizado, tal y como relata la cantiga 95 de F (E209), códice que se podría identificar con el libro que sirvió como modelo a To (o para algunos autores con To); por otra parte existen referencias documentales de la difusión de algunas cantigas en Portugal (Ferreira, 2016), y lo cierto es que desconocemos si previamente a los códices historiados y al Códice de los músicos, existieron otros manuscritos de los que hemos perdido su huella, por lo que independientemente de la factura tardía de dichos libros, las Cantigas de Santa María como producto poético y musical debieron estar presentes en mayor o menor medida en el ambiente de la corte, y probablemente en algunos de los santuarios referenciados en el cancionero. No obstante, tal y como ha sido señalado por Kirstin Kennedy (2004, p. 211), el hecho de que el monarca no dotara de recursos a los lugares en los que tendrían que haberse interpretado las Cantigas no favoreció su incorporación a contextos ceremoniales, más allá de una posible interpretación de las cantigas dedicadas a las fiestas de María en el contexto de la Capilla Real en Sevilla (Ferreira, 2016, pp.…”