“…Los países en donde se observa una mayor constancia de la aplicación del CVAT son España (Essex et al, 2004;Aguiló et al, 2005;Garay y Cánoves, 2010;Oreja et al, 2008;Cardona y Serra, 2012;García et al, 2013;Ivars et al, 2013;García-Ayllón, 2016;Casero et al, 2021) y México (Virgen, 2009;López, 2011;Sectur et al, 2012;Torres y Martínez, 2018;Osorio et al, 2019;Sonda et al, 2021); países en donde la actividad turística se ha convertido como prioritaria en las últimas décadas. La gran mayoría de estos casos de estudio refiere a destinos consolidados de sol y playa, donde el indicador utilizado para determinar la fase en que se encuentra el CVAT, como es de esperar, se refiere a la afluencia de turistas, exceptuando sólo algunos casos en que se utilizan otros criterios como las plazas de alojamiento y otros factores endógenos y exógenos que otorgan los signos del declive, como el cambio de imagen del destino.…”