“…Existen diversos instrumentos, escalas o guías para la evaluación de la capacidad (Álvaro, 2012;Simón, 2008). Según el modelo de Appelbaum y Grisso -las denominadas entrevistas MacCATT (MacArthur Competence Assessment Tool for Treatment) y MacCAT-CR (MacArthur Competence Assessment Tool for Clinical Research), que son utilizadas a nivel internacional y con mayor apoyo empírico (Álvarez et al, 2014;Ventura et al, 2014)-, las personas son capaces de (competentes para) tomar una concreta decisión de participar en la investigación si, y solo si, son suficientemente capaces de comprender (understanding) la naturaleza, el método, los riesgos y los beneficios de la investigación; de valorar (appreciation) los efectos/las consecuencias de dicha participación en su situación; de procesar racionalmente (reasoning) y En otro caso se está, como se anticipó, generando una presunción de incapacidad para la realización de actos personalísimos que no puede defenderse. En buena lógica, dicha reforma se entenderá si se deroga el actual régimen de la modificación judicial de la capacidad (como acontecería si va adelante la reforma: cfr.…”