“…El criterio de resistencia del suelo ha prevalecido en el tiempo. Se hace necesario estudiar siempre los asientos, criterio que no es contemplado y si no ha originado consecuencias mayores es porque los proyectistas consideran factores de seguridad muy elevados para el cálculo de la capacidad admisible del terreno, esta presión debe ser mayor a la transmitida por la cimentación al suelo para que se produzcan asientos tolerables a la estructura (Delgado Martinez & Quevedo Sotolongo , 2008;Díaz & Tomás, 2016). En general, las normativas de cálculo estructural sólo exigen determinar la capacidad admisible del suelo, realizando ensayos para establecer los parámetros geotécnicos tales como el ángulo de fricción y cohesión (Martínez Galván & Romo Organista , 2013).…”