Este artículo busca analizar la iniciativa de reforma constitucional plebiscitada el 27 de octubre de 2019, teniendo en cuenta dimensiones de reflexión acerca de la cultura jurídica. Dicha iniciativa, si bien fue presentada como una solución normativa al problema de la inseguridad, no obtuvo el apoyo ciudadano suficiente para su aprobación. Sin embargo, tuvo lugar en un momento de la cultura jurídica global contemporánea que, entre sus principales y más complejos rasgos, presenta la condición de víctima como eje o como situación normativa que orienta la producción de normas generales, construcciones dogmáticas y normas individuales, y designa el interés que el derecho debe privilegiar. Iniciativas normativas como esta instrumentalizan los mecanismos de democracia directa y, en consecuencia, el texto constitucional. La reforma constitucional tenía una doble dimensión: explicitaba en su constitución un programa político regresivo en materia de garantías individuales y penas, a la vez que suplía en las disposiciones transitorias el no ejercicio de la facultad legislativa, incluyendo tales contenidos regresivos. Parte significativa de esa agenda, con mayor desarrollo legislativo, ha sido retomada por la Ley de Urgente Consideración (LUC), cuyo proyecto fue enviado por el Poder Ejecutivo a la Asamblea General el 23 de abril de 2020.