Con la promulgación de la Ley 30 de 1986, se incluyó el concepto del consumo de la dosis personal de drogas. La Corte Constitucional, mediante sentencia C-221 de 1994, resolvió la demanda de constitucionalidad presentada por el ciudadano Alexandre Sochandamandou, ratificando el concepto de “dosis personal de consumo de drogas”, y despenalizando el mismo. En este artículo se plantea el desconocimiento de la legislación y la jurisprudencia acerca de la opinión técnico-científica en cuanto a esta temática, que originó diversas inconveniencias, inconsistencias, vacíos e imprecisiones técnico-científicas que riñen con normas y tratados internacionales de ética médica, al igual que con evidencia médica encontrada sobre los efectos adversos ocasionados por las drogas en la salud de los consumidores de estas sustancias.