Resumen
Las disposiciones laborales de los acuerdos comerciales de la UE son de eficacia limitada como medio de hacer cumplir normas del trabajo en las jurisdicciones de las partes, pero, según el autor, pueden servir otros fines al respecto, en concreto si se utilizan como marco para canalizar actividades de creación de capacidad en relación con las normas del trabajo a través de los instrumentos de cooperación para el desarrollo de la Unión. Se examinan alternativas para aumentar la eficacia potencial de las disposiciones laborales a dicho efecto modificando su diseño y, en particular, reduciendo la discreción de las partes en lo que respecta a las modalidades de aplicación.