El estudio aborda la convergencia tensa de nociones propietarias que pequeños y medianos campesinos sostuvieron en litigios por el acceso a la tierra. Se escogió como escenario de observación el valle de Guacarhue, espacio agrícola de la zona central de Chile que desde 1820 experimentó la tensión por la formalización de derechos a la tierra. A partir de un estudio de caso, se constató que los actores, argumentando en atención a intereses de acceso respecto de este bien, posibilitaron el encuentro de nociones propietarias disímiles. Por un lado, entró en escena el sustento que la propiedad tuvo en experiencias de residencia, poblamiento y trabajo, como legado de la cultura jurisdiccional del periodo colonial. Por otro, figuró la emergente validez exclusiva de la escrituración pública. El análisis corrobora la práctica litigiosa como instancia de redefinición y promoción de nociones propietarias. La originalidad de la propuesta radica en la posibilidad de trascender los usos institucionales que los actores hicieron respecto de las políticas de tierra de los nuevos Estados en América Latina, como se ha sostenido hasta el momento. Posibilita, en cambio, comprender estas experiencias litigantes como uno de los ejes fundantes de esas políticas.
RESUMENDurante la segunda mitad del siglo XIX la dirigencia adoptó el ethos iluminista del "debido proceso", aplicando una legislación y una política fiscalizadora pertinentes. Sin embargo, este ideal friccionaba con una necesidad contextual de control social. La hipótesis de investigación es que el avance del paradigma garantista fue moldeado por la premura de la dirigencia por controlar las desviaciones al proyecto modernizante. La experiencia ha de servir como instancia de reflexión sobre el desarrollo de la actual reforma procesal penal -garantista en principio-y la funcionalidad que ha mantenido con prácticas de fichaje y disciplinamiento social.
PALABRAS CLAVESJusticia Penal; Racionalización; Debido Proceso; Disciplinamiento; Control Social.
ABSTRACT
IntroducciónEn la última década, en Chile se ha ido aplicando una reforma procesal penal, cuya poética se ha presentado como la necesidad de ajustar el proceso judicial a las garantías ciudadanas propias de un Estado democrático de Derecho. Sin embargo, tal declaración de principios ha caído en una paradoja con sus resultados concretos, pues el modelo procesal penal ha agilizado la criminalización de vastos sectores sociales, ha saturado el espacio carcelario y la población en general no siente que sus "garantías ciudadanas" estén resguardadas por el nuevo proceso penal ante las violencias interpersonales y el ius punendi del Estado.El siguiente estudio analiza la segunda mitad del siglo XIX en Chile, periodo en el que se dio origen a tal paradoja, cuestión que podría ser de utilidad a la hora de diagnosticar cambios y continuidades. Era un minuto de levantamiento de una institucionalidad judicial que pretendía dejar atrás la torcida administración de justicia que habría caracterizado las formas tradicionales del juicio colonial. La justicia penal chilena intentaba adherirse a los principios ilustrados del procedimiento criminal, que se centraban en el despliegue del "debido proceso" y en el resguardo de las garantías del imputado (Rivacoba, 1988: 23-24). Sin embargo, fue también el periodo en el que el Estado portaliano pensó y ensayó sus defensas ante un universo popular que se movía territorialmente, que transgredía las normativas de un Estado construido ajenamente y amenazaba con desplomar las sujeciones consuetudinarias. Así pues, el escenario no deja de presentarse contradictorio entre una justicia criminal que tendía hacia el debido proceso y una dirigencia administrativa que buscaba la eficiencia en los controles sociales.El archivo de fuentes judiciales presenta información al respecto: en 1903, el Juzgado del Crimen de Linares recibía el siguiente informe de un juez local perteneciente a una de las subdelegaciones de su jurisdicción: Pongo a disposición de esa prefectura a Juan Fuentes, José Carter, y Juan de Dios López, que en compañía de Eujenio Norambuena, Pascual Retamal, Manuel Castillo, Manuel M° Concha y Ramón Norambuena, asaltaron en la noche del 20 del presente la casa de Fidel Alarcón y a viva fuerza sacaron de ella a Maria de la Cruz Vásq...
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