“…No obstante lo anterior, el concepto de inclusión ha sido vinculado operativamente de manera restrictiva y preponderantemente con los déficits de aprendizaje (Espinoza y Valdebenito, 2018) y con las necesidades educativas especiales y programas de integración (Poblete y Galaz, 2017); pero no con las demás diversidades (sexual, cultural, de creencias, etc.) que también conviven en el aula escolar y que, por lo tanto, requieren una educación inclusiva que considere el diálogo intercultural (Mondaca, Muñoz, Gajardo y Gairín, 2018). Por lo tanto, en el contexto de la ley de inclusión, el aspecto curricular forma parte de los ejes estratégicos para implementar el enfoque inclusivo en las escuelas a través de la "Gestión y organización del currículum para favorecer su pertinencia en función de la diversidad de estudiantes (flexibilización, contextualización, diversificación curricular y pedagógica) (Mineduc, 2016, p.29); entendiéndose entonces el currículum como un instrumento mediador en el aseguramiento de la igualdad de oportunidades (Duk y Loren, 2010).…”