SOTOMAYOR, Juan. "Fundamento del dolo y ley penal: una aproximación crítica a las concepciones cognitivo/normativas del dolo, a propósito del caso colombiano". Polít. crim. Vol. 11, Nº 22 (Diciembre 2016) ResumenLa justicia penal, en los últimos años, ha pasado de ser un mecanismo de protección de bienes jurídicos para convertirse en el primer e imprescindible medio de promoción de la seguridad. En este contexto, las garantías penales, entendidas como límites y presupuestos de legitimidad de la intervención penal, se debilitan y se convierten en obstáculos que deben ser removidos. Lo anterior ha venido acompañado de la normativización absoluta de las reglas tradicionales de atribución de responsabilidad penal, producto de una dogmática cada día más desvinculada del derecho positivo. Un buen ejemplo de lo anterior lo constituyen las transformaciones que ha sufrido el concepto de dolo en la dogmática penal, y su repercusión en las decisiones judiciales. El presente trabajo da cuenta de dicho fenómeno, a partir del análisis del marco legal y doctrinal de la delimitación del dolo, el fundamento de su punición, y la crítica a las teorías que proponen una conceptualización normativa del dolo como mera atribución. Palabras clave: Dolo, dolo eventual, culpa, dogmática penal AbstractCriminal justice, in the last years, has turned into the first and essential way of promoting security, to the detriment of its function of protecting legal interests. In this context, criminal guarantees weaken and turn into obstacles that must be removed. Also, an absolute normativization of the traditional rules of attribution of criminal responsibility has taken place, resulting from a criminal law doctrine progressively detached from statutory law. As example an example of this there are dogmatic transformations of the concept of intention and its repercussion in judicial decisions. This paper explains the above mentioned phenomenon, from the analysis of the legal and doctrinal frame of the delimitation of Este artículo es producto de la participación del autor como coinvestigador en el proyecto de investigación "Las garantías penales como límite y guía en la solución de problemas penales complejos: la necesidad de evitar atajos", dirigido por el profesor Miguel Díaz y García-Conlledo (Universidad de León, España), con financiación del Ministerio de Economía y Competitividad, código DER2013-47511-R, de España; y de la Universidad Eafit, código 621 -000008, en Colombia.SOTOMAYOR, Juan. "Fundamento del dolo y ley penal: una aproximación crítica a las concepciones cognitivo/normativas del dolo, a propósito del caso colombiano". 676 intent, the foundation of its punishment, and the criticism of theories that propose a normative conceptualization of intention as mere attribution.
Fundamento y alcances de la prohibición de doble incriminación del Art. 8 C.P. 1 Basis and limits of the prohibition of double jeopardy article 8 of the criminal code Juan ObErtO sOtOMayOr acOsta 2 Mariana tOrO tabOrda 3122 Fundamento y alcances de la prohibición de doble incriminación del Art. 8 C.P. Juan ObErtO sOtOMayOr acOsta y Mariana tOrO tabOrda Palabras claveNon bis in ídem, doble incriminación, principios penales. AbstractThe article 8 of colombian Penal Code establishes the prohibition of double jeopardy as a concretion in criminal matters of the fundamental right to non bis in idem esatblished in article 29 of the Political Constitution. According to the latter, all those sanctions in which there is identity in the subjects, the facts and the foundation are forbidden. However, it seems that there is no clarity regarding the basis of this prohibition or the meaning of the indentities enunciated. As a result, it is not clear the way the rule operates in diverse scenarios, such as the concurrence of sanctions from different sectors of the law, the repeated sanction of the same element of criminal conduct, and the exception regarding international law. Faced with this panorama, an analysis of each one of the mentioned problems is presented, and a series of interpretative proposals in order to clarify them. Key wordsNon bis in ídem, double jeopardy, general principles of criminal law. Sumario1. Carácter rector y fundamento constitucional. 2. La prohibición de doble incriminación. 3. La prohibición de sancionar dos veces la misma conducta punible. 4. La prohibición de sancionar dos veces el mismo elemento de una figura delictiva. 4.1. La circunstancia agravante del numeral 4, art. 211 del C.P. y los delitos de acto sexual abusivo en menor de catorce años y acceso carnal violento en menor de catorce años. 4.2. La circunstancia agravante de los numerales 1 y 6, art.110 C.P., en el delito de homicidio imprudente. 4.3. El delito de homicidio y la fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones. 5. Excepciones. Bibliografía. Carácter rector y fundamento constitucionalEl artículo 8 del C.P. colombiano (en adelante C.P.) al consagrar la prohibición de doble incriminación, señala: "A nadie se le podrá imputar más de una vez la misma conducta punible, cualquiera sea la denominación fáctica que se le dé o haya dado, salvo lo establecido en los instrumentos internacionales". Esta norma hace parte del Capítulo único, Título I del C.P. que trata "De las normas rectoras de la ley penal colombiana". Las mismas, según especifica el art. 13 del mismo capítulo, "constituyen la esencia y orientación del sistema penal. Prevalecen sobre las demás Nuevo Foro Penal No. 89, juliodiciembre 2017, Universidad EAFIT 123 e informan su interpretación". Dicha prevalencia, sin embargo, no es un efecto automático de la consagración legislativa, sino que debe derivarse de la conexión de dicho tipo de normas con el núcleo esencial de algún derecho fundamental, pues de lo contrario no sería posible justificar su preeminencia fre...
El presente texto se propone analizar los límites a la intervención penal derivados del contenido constitucional de la dignidad humana, entendida como intangibilidad de integridad física y moral del individuo, no sin antes precisar, de forma muy breve, la función del principio de respeto a la dignidad humana en el derecho penal, en general, y la manera como las diferentes atribuciones que caracterizan este principio según su elaboración por parte de la Corte Constitucional se configuran como límites al poder penal del Estado. Para ello, se realiza un análisis de la jurisprudencia de la Corte Constitucional usando herramientas de la dogmática constitucional y penal. El artículo propone que, a pesar de la diáspora jurisprudencial y la complejidad del concepto dignidad humana, es posible derivar un contenido del mismo que sirva como limitación del derecho penal en el marco del Estado de derecho.
1. Introducción; 2. "Criminalidad organizada" y "criminalidad económica" como objetivos prioritarios de los sistemas penales de los países desarrollados; 3. La convergencia: el modelo diferenciado y sus riesgos: a. El modelo diferenciado en el ámbito de la criminalidad organizada; b. El modelo diferenciado en el ámbito de la criminalidad económica; c. Los riesgos del modelo diferenciado; 4. La lucha contra la criminalidad organizada en Colombia: el contexto; 5. Consecuencias de la lucha contra la criminalidad organizada en el sistema penal colombiano: a. La legislación penal colombiana: de la excepción a la regla; b. Subordinación del derecho penal sustantivo al proceso: la creciente autonomía del proceso penal como mecanismo de control social; c. Transformación de los fines de la pena: la condena sin proceso; d. Instrumentalización política; 6. A manera de conclusión: los desafíos del derecho en Colombia. IntroducciónAl diferenciar las funciones del derecho en Europa y América Latina, el profesor Juan Bustos Ramírez decía, con razón, que "[e]l Derecho Penal latinoamericano ha sido pensado atemporal y aespacialmente. Pero no sólo ello surge en relación a la configuración de los códigos, esto es, al hecho de que el CP chileno no sea diferente al CP español de 1948, que el CP peruano sea semejante al suizo, que el CP argentino sea muy parecido al italiano de Zanardelli, o bien, y de modo general que el CP tipo para Latinoamérica resulte muy parecido al proyecto alemán del año 62. Sino, también en razón, y espacialmente por eso, a la forma de concreción del estudio jurídico-penal. Éste se ha limitado exclusivamente a una conceptualización ético-filosófica en relación a la norma jurídica y al sujeto responsable. En cuanto a la norma, concibiéndola, entonces como un puro espíritu legislativo producto de la cabeza del legislador o del jurista, y, por tanto, como un ente con existencia propia e independiente en el mundo de las ideas. De ahí, entonces, que su estudio permite homologar sin mayor problema y sin diferencias, un texto de Derecho Penal latinoamericano con otro cualquiera en Europa; ciertamente, a este nivel de abstracción y del puro plano de las ideas, no puede haber diferencia alguna. Las realidades aparecen iguales, da lo mismo que un país esté en el norte o en el sur, que sea subdesarrollado o desarrollado, que sea dependiente o independiente, que sea una dictadura o una democracia".
La primera parte del artículo presenta un panorama general sobre los problemas discutidos en la doctrina nacional colombiana en relación con el homicidio agravado por la embriaguez o por el influjo de sustancias que producen dependencia física o psíquica , en especial los problemas relativos al fundamento de la agravación de la sanción penal para estos casos. También se analizan algunas decisiones de la Corte Constitucional en relación con el mismo tema. La segunda parte se dedica a explicar las dificultades de interpretación que surgen a partir de la entrada en vigencia de la ley 1696 de 2013, que modifica la regulación del homicidio imprudente. Allí se explican las diferencias y los problemas de igualdad de trato que se presentan a raíz de la coexistencia de los numerales 1 y 6 del art. 110 C.P., utilizando para ello el test de proporcionalidad.
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